Los jinetes piden a la RFHE cambios con vistas a las próximas elecciones
Escrito el 29 noviembre , 2011 por admin
Luis Astolfi, representante por el estamento de jinetes en la Asamblea General de la RFHE y miembro de la Comisión Delegada, ha transmitido al Secretario General del organismo federativo, a petición de los deportistas a los que representa, una carta solicitando la inclusión de un tema específico en el Orden del Día de la próxima Asamblea General. El tema en cuestión implica la distinción a partir de 2012 de los jinetes por especialidades o disciplinas, lo que según fuentes jurídicas consultadas por los interesados, podría modificar la composición de la próxima asamblea en función de lo establecido en la Orden Ministerial ECI/3567 de 4 de diciembre de 2007 y con ello, influir en el resultado de las elecciones del próximo año. En el Artículo 10 de dicha OM se determina que “la representación de cada especialidad responderá a criterios de proporcionalidad al número de licencias” y añade que “si existe una especialidad principal, deberá garantizarse a la misma un mínimo del 51% por ciento de los miembros de la Asamblea General”. En la lista de federaciones deportivas que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, la RFHE figura como “Federación con especialidad principal”.
Texto íntegro de la carta de Luis Astolfi
A la espera de lo que digan los expertos, da la sensación de que existe una contradicción entre la consideración de la RFHE como “federación con especialidad principal” y la actual composición de la Asamblea. Otro asunto a aclarar es qué se entiende como “especialidad principal”, aunque la única explicación que cabe suponer es el de la disciplina con mayor número de licencias, ranking que sin duda gana el Salto de Obstáculos. De la necesidad de clarificar la situación de las diversas disciplinas y poder determinar la “principal”, surge este movimiento de los jinetes, procedente de la élite del Salto de Obstáculos. Una procedencia que se desprende de la carta de Luis Astolfi, al hacer referencia a la Copa Presidente de Gobierno como escenario donde recibe la petición.
Artículo 10 de la Orden Ministerial
ORDEN ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones deportivas españolas.
Artículo 10. Proporcionalidad en la composición de la Asamblea General.
1. Las proporciones de representación en la Asamblea General se computarán con independencia de los miembros natos, en función, y por este orden, de las especialidades cuando existieran, de los estamentos que deban estar representados y, en su caso, de las Federaciones autonómicas.
2. Las Federaciones deportivas españolas con diferentes especialidades, reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, según se recoge en el Anexo I, deberán proponer al Consejo Superior de Deportes el porcentaje de representantes que corresponderá a cada una de ellas para la aprobación por el mismo, conforme a los siguientes criterios:
a) La representación de cada especialidad responderá a criterios de proporcionalidad al número de licencias. En cualquier caso, todas y cada una de las especialidades tendrán al menos un representante.
b) Si existe una especialidad principal, deberá garantizarse a la misma un mínimo del cincuenta y uno por ciento de los miembros de la Asamblea General.
3. La representación en la Asamblea General de los distintos estamentos se ajustará a las siguientes proporciones:
Clubes deportivos, entre 40 y 60 %
Deportistas, entre 25 y 40 %.
Técnicos, entre 10 y 15 %.
Jueces y árbitros, entre 5 y 10 %.
Otros colectivos, si los hubiera, entre 1 y 5%.
En las Federaciones deportivas españolas en las que exista competición oficial de carácter profesional y de ámbito estatal, el porcentaje de representación de los clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces y árbitros que desarrollen su actividad en las citadas competiciones, será del cuarenta por ciento del total de los miembros de cada uno de los estamentos en la especialidad correspondiente.
Cuando debido a las peculiaridades de una Federación deportiva española no exista en ella alguno de los estamentos deportivos, la totalidad de esa representación se atribuirá proporcionalmente al resto de los mismos, efectuando el reparto de modo que no superen el porcentaje máximo establecido.
Cuando la totalidad de los integrantes de un estamento no permitiera alcanzar el mínimo de representación asignado al mismo, el porcentaje no cubierto se atribuirá proporcionalmente al resto de los estamentos, efectuando el reparto de modo que no superen el porcentaje máximo establecido.
4. Cuando de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 9 de la presente Orden se autorice una variación del número de miembros de la Asamblea General, el Consejo Superior de Deportes procederá igualmente a autorizar los ajustes que resulten precisos como consecuencia de la aplicación de los criterios fijados en este artículo a fin de garantizar la representatividad y proporcionalidad.
Tags: cambios, elecciones, Elecciones RFHE, Jinetes, RFHE
Almacenado en: Deporte, Mundo Ecuestre




SIN NOMBRE
Interesante cuestión… , se puede empezar por aquí a recomponer el pastel de la asamblea? Yo tengo mis dudas y no creo que sea fácil…Desde el pasado día 6 de octubre que entraron en vigor los nuevos estatutos de la RFEH , se inicia un nuevo camino hacia donde se quiera, pero no estaría de más fijarnos en algunas otras Federaciones con especialidades principales como la RFEF.
En el Fútbol. ¿ Que significa? … En la modalidad propia de la Real Federación Española de Fútbol, denominase también “Fútbol” la especialidad principal.
Además de ésta, es especialidad el Fútbol Sala y asimismo las que en su caso, reconozca la FIFA en el ámbito internacional. Estos son los que mas claro tienen lo que significa la frase en cuestión y desde luego no deja de ser una autentica “chorrada”
En Hípica, también se incluye esta posibilidad , aunque referido a las ” Las Olímpicas “. En fin el camino puede ser muy fácil o muy tortuoso, pero desde luego la posibilidad de modificar la composición de la Asamblea pasará exclusivamente por empezar a definir el concepto “hípica” y referir lo al Salto de Obstáculos como especialidad principal.En fin si se lograse esto si es posible ir al 51% en la asamblea.
En fin suerte a los promotores de la idea.
instruyenos…ahora se entiende un poco mejor…parece una cuestion importante,,,sobre todoporque una vez decidido escrito queda…y mejor no liarla.
Ya era hora que los jinetes se pusieran a pensar en el perjuicio que tienen con unas federaciones que solo piensan en la forma de recaudar.
En los últimos años todo ha sido gastos para ellos y pocos los beneficiados.
Hay que acabar con los amiguismos, y dar a los buenos jinetes el sitio que les corresponde.
Y sobre todo evitar que las Asambleas sean el telón de fondo de los intereses creados de los directivos que las controlan.
Con los malos tiempos que estamos pasando y los que vienen, creo que son los jinetes los que tienen que opinar sobre como aliviar esta situación que viven.
Es lógico que se remuevan sus asientos después del año que se ha sufrido, y tengan ganas de cambios.
La RFHE se ha convertido en una apisonadora que estas encima o te aplasta.